Un contribuyente responsable inscripto recibe una factura de electricidad de fecha 21/12/2010 con fecha de vencimiento 06/01/2011. ¿En qué mes se debe computar el crédito fiscal, en diciembre de 2010 o en enero de 2011?
De conformidad con lo establecido por el punto 1) del inciso a) del artículo 5º de la Ley de IVA, en el caso de provisión de energía eléctrica regulada por medidor, el nacimiento del hecho imponible se perfecciona en el momento en que se produzca el vencimiento del plazo fijado para el pago o en el de su percepción total o parcial, el que fuera anterior.... >
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¿Cuáles son las limitaciones para el cómputo del crédito fiscal de I.V.A. dentro de un período?
¿Hay alguna limitación por no encontrarse una factura de compra pagada al momento de liquidar el impuesto siendo que ésta fue incluída en la declaración jurada?
Las condiciones para el cómputo del crédito fiscal son:
- Que esté relacionado con operaciones gravadas.
- Que esté facturado y discriminado.
- Que la alícuota no supere la tasa vigente para ese tipo de operaciones. >
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¿Existe algún tope para tomarse el IVA crédito fiscal del 10,50 % por la compra de un inmueble o se puede computar por el total?
Para que la obra sobre inmueble propio o ajeno esté alcanzada a la alícuota del 10,50% tiene que tener como destino el de vivienda. Cabe aclarar que dicha operación sólo dará lugar al cómputo de crédito fiscal en la medida que dicho bien esté vinculado con operaciones gravadas por el I.V.A.. Por ejemplo, si el comprador responsable inscripto en el I.V.A. compra un inmueble nuevo con destino casa habitación, el I.V.A. facturado por la obra... >
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Una empresa de servicios fúnebres adquiere un rodado afectado 100% a la actividad (se destina al transporte de los familiares del difunto). Teniendo en cuenta que la misma efectúa servicios gravados con I.V.A. y servicios exentos, ¿el crédito fiscal que proviene de la compra del rodado debe prorratearse o se debe computar en un 100%, ya que el rodado se considera bien de uso.
Se deberá realizar el prorrateo del crédito fiscal entre los servicios gravados y los servicios exentos de I.V.A., es decir servicios gravados dividido servicios totales (gravados y exentos) y ese... >
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En el caso de un médico (responsable inscripto) que factura operaciones exentas, gravadas al 10.5 y operaciones gravadas al 21%, ¿el crédito fiscal lo puedo computar todo o tiene que hacer un prorrateo entre lo exento y lo gravado?
El crédito fiscal computable es aquel relacionado con la actividad gravada. Por lo tanto, si el contribuyente no puede determinar qué proporción del crédito fiscal está vinculado con operaciones gravadas y con operaciones exentas deberá efecturse el prorrateo del crédito fiscal. >
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¿Puede una sociedad regular adquirir un bien de uso a un consumidor final? En caso afirmativo, ¿cómo computaría el I.V.A. resultante, y qué documentación precisa para respaldar la operación?
La sociedad puede adquirir un bien de uso a un consumidor final, pero no puede computar crédito fiscal alguno por dicha adquisición, ya que el mismo no está facturado. Excepto que la sociedad sea habitualista en el compra de bienes usados a consumidores finales para su posterior reventa y emita el comprobante previsto en el Anexo IV, Apartado B, punto 2 de la Resolución General Nº... >
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Un contribuyente inscripto en I.V.A. que vende productos a Tierra del Fuego con Factura E, sin débito fiscal, ¿se puede tomar todo el crédito fiscal de las compras o tiene que prorratear el crédito fiscal? ¿Al momento de informar las ventas a Tierra del Fuego en el aplicativo de I.V.A. se deben informar como exentas o como exportaciones?
De conformidad con lo establecido por el artículo 5º del Decreto Nº 1.139/88, los exportadores al Area Aduanera Especial de Tierra del Fuego, tienen el tratamiento previsto por el artículo 43 de la ley de Impuesto al Valor Agregado. Por lo... >
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Un contribuyente que era monotributista hasta octubre de 2009 y a partir de noviembre es inscripto, ¿se puede computar el I.V.A. de la mercadería en stock?
El contribuyente no podrá computar el I.V.A. crédito fiscal de la mercadería en existencia, ya que la misma fue adquirida cuando revestía la condición de Monotributista y como consecuencia de ello el I.V.A. no está discriminado en la factura, requisito para su cómputo. >
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¿Un contribuyente que es ingeniero civil y que ya posee en su patrimonio como vehículo utilitario una camioneta, puede incorporar un automóvil también como utilitario ya que tiene obras en diferentes puntos del país y a veces suele viajar con el vehículo utilitario o a veces con el automóvil? ¿Genera algún inconveniente a los efectos impositivos?
El contribuyente puede afectar el automóvil a la actividad, teniendo en cuenta que en el impuesto a las ganancias sólo podrá amortizarse hasta la suma de $ 20.000 y el crédito fiscal computable será el que resulte de aplicar... >
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¿Un trabajador autónomo, responsable inscripto, se puede tomar el I.V.A. de la obra social prepaga, la que luego será deducida, con su correspondiente tope, en la declaración jurada del impuesto a las ganancias?
De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, sólo darán lugar al cómputo del crédito fiscal las compras, locaciones o prestaciones de servicios en la medida en que se vinculen con operaciones gravadas. Por lo tanto, el contribuyente no podrá computar el crédito fiscal facturado por la medicina prepaga. >
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Si un contribuyente inscripto en I.V.A. y en ganancias adquiere un vehículo usado para su trabajo a un consumidor final o a un monotributista, ¿puede computarse el crédito fiscal de dicha compra?
Para que el crédito fiscal sea computable, el mismo debe estar facturado y discriminado. Al no cumplir con dichos requisitos el contribuyente no puede computarse crédito fiscal por dicha adquisición. >
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El crédito fiscal del impuesto al valor agregado de un leasing por un rodado, ¿se toma por cuota hasta llegar a $ 4.200 o no tiene tope por ser leasing y no compra?
De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, no se consideran vinculadas con las operaciones gravadas las compras, importaciones definitivas y locaciones (incluidas las derivadas de contratos de leasing) de automóviles, en la medida que su costo de adquisición, importación o valor de plaza, si son de propia producción o alquilados (incluso mediante contratos de... >
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¿Un profesional independiente, responsable inscripto, puede computarse el crédito fiscal contenido en las facturas emitidas por restaurantes provenientes de invitación a los clientes del estudio? De ser así, ¿hasta que monto?
De conformidad con lo establecido por el artículo 12, inciso 3) de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, no se consideran vinculadas con operaciones gravadas –y por lo tanto no es computable el crédito fiscal– las locaciones y prestaciones de servicios efectuadas por bares, restaurantes, cantinas, salones de té, confiterías y en general por quienes... >
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¿En el momento en que un responsable inscripto en el impuesto al valor agregado pasa al Monotributo, debe ingresar el I.V.A. contenido en la existencia final de mercadería y en los bienes de uso a dicha fecha?
En el régimen del Monotributo (Ley Nº 25.865), no existe norma alguna que disponga el reintegro del crédito fiscal de las existencias de bienes a la fecha en que produce efectos el cambio de responsable inscripto en I.V.A. al Monotributo. Por lo tanto, el contribuyente no está obligado a llevar a cabo dicho reintegro.
Libros recomendados:
[El Monotributo... >
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¿Se puede tomar el crédito fiscal por la compra de un bien de uso a consumidor final si ésta no es en forma habitual? ¿Qué norma lo determina?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 1415, sólo es procedente el cómputo del crédito fiscal por la compra de un bien por parte de un responsable inscripto a un consumidor final cuando se trata de un habitualista en la compra venta de bienes usados a consumidor final para su posterior reventa, siempre y cuando los responsables inscriptos emitan un comprobante de compra por duplicado y adjunten por cada compra... >
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¿Un responsable inscripto en el I.V.A. al realizar la compra de un rodado familiar, puede tomarse el crédito fiscal de dicha compra?
De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, sólo darán lugar a cómputo del crédito fiscal las compras o importaciones definitivas, las locaciones y las prestaciones de servicios en la medida en que se vinculen con las “operaciones gravadas”. Por lo tanto, si el bien no está afectado a una actividad gravada por el impuesto, el crédito fiscal originado en la compra del bien no es computable.... >
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¿Un responsable inscripto puede computarse el I.V.A. contenido en una factura “A”, teniendo en cuenta que dicho impuesto no se encuentra discriminado?
De conformidad con lo establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado, el cómputo del crédito fiscal es procedente siempre que el impuesto se encuentre facturado, discriminado y en la medida en que se vincule con operaciones gravadas. Por lo tanto, el I.V.A. – crédito fiscal contenido en dicha factura no es computable.
Lectura recomendada:
[IVA – Análisis integral (Autores: Mariano Benchimol - Marcelo Bustinduy... >
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Un contribuyente cuya actividad es fletero compró un auto que lo utilizará el cien por ciento (100%) para uso comercial, ¿se puede tomar el 100% del crédito fiscal o existe un tope? En el supuesto que se compute el crédito fiscal por la compra del vehículo, cuando lo vende ¿lo debe facturar?
La limitación para el cómputo del crédito fiscal consistente en la aplicación de la alícuota del I.V.A. sobre un valor neto de adquisición de $ 20.000 no es de aplicación cuando el automóvil tiene para el adquirente el carácter de bien de cambio o constituye el objetivo principal de... >
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